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La Acción de Tutela

Es un mecanismo que tiene por objeto la protección de los derechos constitucionales fundamentales, aún aquellos que no se encuentren consagrados en la constitución, cuando estos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública y puede ser:

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  • Subsidiaria: Sólo es aplicable cuando no existe otro medio de defensa judicial.

  • Inmediata: Su propósito es entregar una respuesta rápida a la protección que se solicita.

  • Sencilla: No tiene ninguna dificultad para su aplicación.

  • Específica: Es única para la protección de los derechos fundamentales.

  • Eficaz: Exige que el juez estudie a fondo el caso antes de dar un veredicto.
     

Según lo anterior, la acción de tutela puede aplicarse cuando se amenaza un derecho fundamental, bien sea por parte de una autoridad pública o por parte de particulares. Además, la acción de tutela puede utilizarse como un mecanismo transitorio para evitar un daño irremediable sobre las personas.

La acción de tutela es resuelta por el juez encargado del lugar donde ocurren u ocurrieron los hechos o acciones que pusieron en peligro o violaron el derecho fundamental. El Defensor del pueblo y las personas que por él fueron delegadas (defensores regionales, personeros) también pueden interponer acciones de tutela, ello debido a que las personas tienen derecho a solicitar acciones de tutela por medio de un representante.

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